Presos encadenados
Página 1 de 1.
Presos encadenados
Allanaron el establecimiento penitenciario de Bouwer y constataron que estaqueaban a internos.
Griselda estaba "empastillada". "Vos me robaste la tarjeta telefónica", repetía y apuntaba a Rosa, la peruana. La acusada salió a defender su honor. "Yo no tengo tu tarjeta, soy narco, no ladrona". Discutieron unos minutos. Griselda la empujó contra la pared. Y allí terminó todo. En realidad, la pesadilla de Rosa, la narco, recién empezaba. Había sido alojada en la cárcel de mujeres del complejo penitenciario de Bouwer por comercialización de estupefacientes calificada, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y guarda de elementos destinados a la producción de estupefacientes. El incidente fue el 3 de abril último. Rosa, que padece una diabetes insulinodependiente, se fue a su celda y, a pesar del disgusto, miró los huevitos de chocolate y los juguetes que el domingo de Pascuas regalaría a sus dos hijos de 6 y 8 años. Pero ese día los niños no verían a su madre.
.......................................................
El 5 de abril, las llamadas anónimas se repetían. Liliana Navarro, secretaria penal del Juzgado Federal N#176; 1 a cargo de Ricardo Bustos Fierro descolgó cinco veces el teléfono. Otro tanto hizo Mercedes Crespi, la defensora oficial. "Vengan, hay una mujer estaqueada desde hace dos días". Los mensajes eran coincidentes. "Tienen 15 minutos para traerme a la interna Rosa E.C.G.", ordenó Navarro. A la brevedad, personal penitenciario presentó a la detenida ante Navarro y Crespi. Las funcionarias judiciales se estremecieron cuando escucharon el relato de Rosa. Dos guardiacárceles la sacaron de su celda y la trasladaron hasta la enfermería para hacerla revisar. "Griselda dice que le pegaste", la acusaban. "No la toqué, sólo discutimos", repetía.
Cuando la llevaron de nuevo a su celda, Rosa se puso mal. Los huevitos de pascua y los juguetes estaban destruidos, desparramados por el piso. "Te vamos a trasladar a otro pabellón", le anunciaron. "No pueden hacerlo, no voy a poder ver a mis hijitos", imploró Rosa. Fue en vano. La arrastraron hasta la enfermería y se desmayó. Al despertar se vio esposada y encadenada de pies y manos a una cama fija. Le inyectaron un calmante y durante 48 horas no comió. Se orinó encima. Pudo haber muerto ahogada con su propio vómito (consideró el juez Bustos Fierro). ¿Qué habría pasado si no hubieran ordenado que Rosa se presentara en el juzgado? ¿Cuántas horas más habría estado encadenada?
No hacía falta médico. A simple vista se advertían las marcas lacerantes en las muñecas. Mercedes Crespi, la defensora oficial, reiteró por tercera vez el pedido de prisión domiciliaria a favor de Rosa. En las dos primeras oportunidades argumentó que la peruana era madre de dos chicos de 6 y 8 años. Las peticiones fueron rechazadas porque la ley 26.472 establece que las detenidas madres de niños de hasta 5 años podían gozar del beneficio de la prisión domiciliaria. La reformada ley contempla también al "interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario".
Ese fue el argumento de Crespi para insistir ante el juzgado de Bustos Fierro. Pero la defensora fue más allá, pidió la inconstitucionalidad del decreto provincial que al adherir a la ley penitenciaria nacional, "dispone que las medidas de sujeción mecánica de miembros inferiores y superiores de las internas podrá ser ordenada por el director del servicio penitenciario o personal a su cargo en su ausencia por razones de seguridad del interno".
Allanamiento en Bouwer. Ante el escalofriante relato de la detenida, el tribunal ordenó el allanamiento del complejo penitenciario de Bouwer. "Se olían algo, por eso en la enfermería de la cárcel de mujeres habían retirado las cadenas a-dheridas al piso. Pero en la de hombres encontramos a un preso estaqueado", reveló un vocero del Juzgado Federal N#176; 1.
De inmediato se solicitó la comparencia de los médicos que estuvieron de guardia el primer fin de semana de abril. A uno de ellos, Hernán DAversa, le preguntaron si ese tipo de camas fueron creadas a pedido del servicio médico y respondió que fue por disposición del servicio penitenciario. Admitió que los médicos también las usan, incluidos los psiquiatras del establecimiento, "pero también en algunas ocasiones las usa el servicio penitenciario como medida de seguridad".
En el mismo sentido declaró el médico Hernán Díaz. Dijo que las medidas de sujeción mecánica, "son aplicadas tanto por prescripción médica, cuando existen riesgos de autolesión de la interna, o por indicación del personal del servicio penitenciario por razones de seguridad. Explicó que en el caso de Rosa, "las medidas colocadas a la interna consistieron en cintos de cuero que se amarran con cadenas al piso desde la cama".
El juzgado también requirió el testimonio del ministro de Justicia, Luis Angulo (no se presentó) y del director de Salud Mental de la provincia, Emilio Filiponni. Consultado sobre las medidas de sujeción (entiéndase encadenamiento a las camas), Filiponni sostuvo que eran "medidas de carácter excepcional" y "se utilizan por unas horas, tres, cuatro, cinco o a lo sumo seis horas, nunca son jornadas, y es a los efectos de que haga efecto alguna medicación que se le aplique al paciente", con problemas psiquiátricos.
El tribunal no sólo otorgó la prisión domiciliaria a la mujer atacada, sino que también declaró la inconstitucionalidad de la norma que autoriza la "sujeción mecánica (entiéndase encadenamiento de pies y manos a una cama fija)".
"Ante hechos puntuales como el que ha sido comprobado en autos, no es posible mirar a otro lado, y por ello considero que corresponde efectuar una revisión de los artículos pertinentes en los que se fundan determinadas medidas que se aplican en el régimen carcelario y que sin lugar a dudas contrarían la normativa constitucional y los tratados internacionales de derechos humanos", consideró Bustos Fierro.
Una mecha encendida. Mercedes Crespi, la defensora oficial elogió la resolución del Juzgado Federal N#176; 1. Consideró que los cambios de pabellón de los internos "son arbitrarios" y en el caso puntual de Rosa dijo que "la circunstancia que sucediera en un fin de semana largo es encender una mecha y no saber cómo termina, hasta el juez consideró que el desenlace pudo ser la muerte".
Asimismo, Crespi entiende que existen abusos por parte del Servicio Penitenciario en algunas sanciones que se aplican a los internos, pero destacó la "clara línea garantista" de los tribunales orales federales que cuentan con secretarías de ejecución penal que respetan "el debido proceso" y terminan con el revocamiento de la mayoría de las sanciones aplicadas a los presos.
La defensora oficial destacó la labor de los tribunales orales, pero tuvo algunos cuestionamientos sobre los juzgados federales (son tres) que aplican criterios diferentes. En materia de torturas en establecimientos carcelarios, Crespi se ha constituido como querellante en el expediente 16.147/08 que involucra a cuatro guardiacárceles (López, Villalba, Moyano y Rizzi) y está radicado en el Juzgado Federal N#176; 3. Los hechos se remontan al 12 de octubre de 2005, cuando fue brutalmente golpeado un condenado por transporte de drogas. Los imputados fueron indagados en el 2006 y hasta hoy no hubo resolución.
Respecto al caso de Rosa, la defensora aclaró que la declaración de inconstitucionalidad del decreto provincial que permite el encadenamiento de los presidiarios, es para ese caso en particular. Resulta obvio que a partir de ese fallo, "lloverán" los planteos de inconstitucionalidad de esa norma que nada tiene que ver con la reinserción de los delincuentes a la sociedad. Ahora bien, ¿qué pensarán los legisladores sobre estas normas que por ahora tienen rango constitucional?
Saludos
Griselda estaba "empastillada". "Vos me robaste la tarjeta telefónica", repetía y apuntaba a Rosa, la peruana. La acusada salió a defender su honor. "Yo no tengo tu tarjeta, soy narco, no ladrona". Discutieron unos minutos. Griselda la empujó contra la pared. Y allí terminó todo. En realidad, la pesadilla de Rosa, la narco, recién empezaba. Había sido alojada en la cárcel de mujeres del complejo penitenciario de Bouwer por comercialización de estupefacientes calificada, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y guarda de elementos destinados a la producción de estupefacientes. El incidente fue el 3 de abril último. Rosa, que padece una diabetes insulinodependiente, se fue a su celda y, a pesar del disgusto, miró los huevitos de chocolate y los juguetes que el domingo de Pascuas regalaría a sus dos hijos de 6 y 8 años. Pero ese día los niños no verían a su madre.
.......................................................
El 5 de abril, las llamadas anónimas se repetían. Liliana Navarro, secretaria penal del Juzgado Federal N#176; 1 a cargo de Ricardo Bustos Fierro descolgó cinco veces el teléfono. Otro tanto hizo Mercedes Crespi, la defensora oficial. "Vengan, hay una mujer estaqueada desde hace dos días". Los mensajes eran coincidentes. "Tienen 15 minutos para traerme a la interna Rosa E.C.G.", ordenó Navarro. A la brevedad, personal penitenciario presentó a la detenida ante Navarro y Crespi. Las funcionarias judiciales se estremecieron cuando escucharon el relato de Rosa. Dos guardiacárceles la sacaron de su celda y la trasladaron hasta la enfermería para hacerla revisar. "Griselda dice que le pegaste", la acusaban. "No la toqué, sólo discutimos", repetía.
Cuando la llevaron de nuevo a su celda, Rosa se puso mal. Los huevitos de pascua y los juguetes estaban destruidos, desparramados por el piso. "Te vamos a trasladar a otro pabellón", le anunciaron. "No pueden hacerlo, no voy a poder ver a mis hijitos", imploró Rosa. Fue en vano. La arrastraron hasta la enfermería y se desmayó. Al despertar se vio esposada y encadenada de pies y manos a una cama fija. Le inyectaron un calmante y durante 48 horas no comió. Se orinó encima. Pudo haber muerto ahogada con su propio vómito (consideró el juez Bustos Fierro). ¿Qué habría pasado si no hubieran ordenado que Rosa se presentara en el juzgado? ¿Cuántas horas más habría estado encadenada?
No hacía falta médico. A simple vista se advertían las marcas lacerantes en las muñecas. Mercedes Crespi, la defensora oficial, reiteró por tercera vez el pedido de prisión domiciliaria a favor de Rosa. En las dos primeras oportunidades argumentó que la peruana era madre de dos chicos de 6 y 8 años. Las peticiones fueron rechazadas porque la ley 26.472 establece que las detenidas madres de niños de hasta 5 años podían gozar del beneficio de la prisión domiciliaria. La reformada ley contempla también al "interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario".
Ese fue el argumento de Crespi para insistir ante el juzgado de Bustos Fierro. Pero la defensora fue más allá, pidió la inconstitucionalidad del decreto provincial que al adherir a la ley penitenciaria nacional, "dispone que las medidas de sujeción mecánica de miembros inferiores y superiores de las internas podrá ser ordenada por el director del servicio penitenciario o personal a su cargo en su ausencia por razones de seguridad del interno".
Allanamiento en Bouwer. Ante el escalofriante relato de la detenida, el tribunal ordenó el allanamiento del complejo penitenciario de Bouwer. "Se olían algo, por eso en la enfermería de la cárcel de mujeres habían retirado las cadenas a-dheridas al piso. Pero en la de hombres encontramos a un preso estaqueado", reveló un vocero del Juzgado Federal N#176; 1.
De inmediato se solicitó la comparencia de los médicos que estuvieron de guardia el primer fin de semana de abril. A uno de ellos, Hernán DAversa, le preguntaron si ese tipo de camas fueron creadas a pedido del servicio médico y respondió que fue por disposición del servicio penitenciario. Admitió que los médicos también las usan, incluidos los psiquiatras del establecimiento, "pero también en algunas ocasiones las usa el servicio penitenciario como medida de seguridad".
En el mismo sentido declaró el médico Hernán Díaz. Dijo que las medidas de sujeción mecánica, "son aplicadas tanto por prescripción médica, cuando existen riesgos de autolesión de la interna, o por indicación del personal del servicio penitenciario por razones de seguridad. Explicó que en el caso de Rosa, "las medidas colocadas a la interna consistieron en cintos de cuero que se amarran con cadenas al piso desde la cama".
El juzgado también requirió el testimonio del ministro de Justicia, Luis Angulo (no se presentó) y del director de Salud Mental de la provincia, Emilio Filiponni. Consultado sobre las medidas de sujeción (entiéndase encadenamiento a las camas), Filiponni sostuvo que eran "medidas de carácter excepcional" y "se utilizan por unas horas, tres, cuatro, cinco o a lo sumo seis horas, nunca son jornadas, y es a los efectos de que haga efecto alguna medicación que se le aplique al paciente", con problemas psiquiátricos.
El tribunal no sólo otorgó la prisión domiciliaria a la mujer atacada, sino que también declaró la inconstitucionalidad de la norma que autoriza la "sujeción mecánica (entiéndase encadenamiento de pies y manos a una cama fija)".
"Ante hechos puntuales como el que ha sido comprobado en autos, no es posible mirar a otro lado, y por ello considero que corresponde efectuar una revisión de los artículos pertinentes en los que se fundan determinadas medidas que se aplican en el régimen carcelario y que sin lugar a dudas contrarían la normativa constitucional y los tratados internacionales de derechos humanos", consideró Bustos Fierro.
Una mecha encendida. Mercedes Crespi, la defensora oficial elogió la resolución del Juzgado Federal N#176; 1. Consideró que los cambios de pabellón de los internos "son arbitrarios" y en el caso puntual de Rosa dijo que "la circunstancia que sucediera en un fin de semana largo es encender una mecha y no saber cómo termina, hasta el juez consideró que el desenlace pudo ser la muerte".
Asimismo, Crespi entiende que existen abusos por parte del Servicio Penitenciario en algunas sanciones que se aplican a los internos, pero destacó la "clara línea garantista" de los tribunales orales federales que cuentan con secretarías de ejecución penal que respetan "el debido proceso" y terminan con el revocamiento de la mayoría de las sanciones aplicadas a los presos.
La defensora oficial destacó la labor de los tribunales orales, pero tuvo algunos cuestionamientos sobre los juzgados federales (son tres) que aplican criterios diferentes. En materia de torturas en establecimientos carcelarios, Crespi se ha constituido como querellante en el expediente 16.147/08 que involucra a cuatro guardiacárceles (López, Villalba, Moyano y Rizzi) y está radicado en el Juzgado Federal N#176; 3. Los hechos se remontan al 12 de octubre de 2005, cuando fue brutalmente golpeado un condenado por transporte de drogas. Los imputados fueron indagados en el 2006 y hasta hoy no hubo resolución.
Respecto al caso de Rosa, la defensora aclaró que la declaración de inconstitucionalidad del decreto provincial que permite el encadenamiento de los presidiarios, es para ese caso en particular. Resulta obvio que a partir de ese fallo, "lloverán" los planteos de inconstitucionalidad de esa norma que nada tiene que ver con la reinserción de los delincuentes a la sociedad. Ahora bien, ¿qué pensarán los legisladores sobre estas normas que por ahora tienen rango constitucional?
Saludos
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.